SOBRE EL CONCEPTO DE DERECHO

por OSCAR W COOLEY

La palabra derecho significa "facultad para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de la vida". El diccionario dice "legítimamente", o sea con legitimidad, conforme a la moral y a las leyes justas; y así debe ser, por cuanto el gobierno, la autoridad, no puede negarle al hombre su facultad de hacer lo que sea conducente a los fines de su vida; y el hombre, por su parte, sólo puede utilizar esa facultad conforme a las leyes justas que reglamenten su ejercicio. Por lo tanto, derecho significa también "la facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley debe necesariamente reconocer en nuestro favor, o lo que el dueño de una cosa nos permita sobre ella". En síntesis: ¿hacer o exigir qué? Cualquier cosa a la que legítimamente se pueda aspirar; y hacerla o exigirla con arreglo a la ley justa. Cabe aclarar que aquello considerado legal por estar conforme con la ley, no siempre es legítimo. Porque si la ley es injusta está en conflicto con la moral y la justicia; el acto será legal pero no por ello dejar de ser ilegítimo.

Tengo derecho a la vida, derecho que puedo justamente reclamar. Tengo derecho a la libertad, o sea una justa pretensión a ser libre. Tengo derecho a la propiedad, o sea a buscar la posesión de tierras, bienes o cualquier otra clase de riquezas.

Mi derecho no es—en rigor de verdad—a la vida, a la libertad o a la propiedad, sino a poder reclamarlas justamente. Esta diferencia es importante. La comprendieron los próceres de nuestra Independencia, pero hoy día existe una equivocación muy grande al respecto.

La equivocación consiste en confundir el derecho a procurarse una cosa con el derecho a la posesión de la cosa misma. Así hay gente que dice que: "todos tienen derecho a una dieta adecuada", cuando lo que en realidad quieren decir es que cualquiera puede exigir que de la alacena común se le asigne esa dieta adecuada (pagada con los impuestos, o por medio de la emisión de dinero sin respaldo), o que a través del voto se le asigne un subsidio público. Pero lo cierto es que nadie puede justamente, legítimamente, reclamar dichas cosas.

Jefferson, quien fue el que asentó en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de Norteamérica, que: "todos los hombres han sido dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables, entre los cuales están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad", se hubiera quedado sorprendido si alguien le hubiera dicho que corresponde al gobierno el proveer alimentación, ropa y albergue para todos, porque el tener dichas cosas es un derecho que a todos les corresponde. Uno puede tener derecho a una dieta adecuada, pero no puede obligar a nadie a proporcionársela. Inalienable es aquello que no se puede alienar, o sea enajenar; es decir: lo que no se puede pasar o trasmitir a otro, aquello de lo que uno no puede ser privado o desposeído. Un derecho inalienable es un derecho natural con el que la gente nace y del que no puede ser despojada.

La oportunidad de proveer lo necesario para la vida, y de buscar la libertad y felicidad, es evidentemente a lo que Jefferson se refería. Cuando optó por incluir la vida como uno de los derechos inalienables, es indudable que tenía en mente el derecho a vivir a vivir lo más plenamente posible. Sabía muy bien que la vida, la libertad y la felicidad no pueden garantizarse ni a pocos ni a muchos. No vivimos en esa clase de mundo. Pero tenemos derecho a su búsqueda y nadie en justicia nos puede privar de ese derecho.

Los derechos que se especifican en las diez primeras enmiendas a la constitución de los Estados Unidos de Norteamérica, son libertades u oportunidades. No son logros. Por ejemplo: el otorgar libertad religiosa como lo hace la primera enmienda, no hace que la gente sea religiosa. Más bien prohibe a otros (en particular al Congreso) interferir a los ciudadanos en la práctica de la religión que ellos desean profesar.

Igualmente con la libertad de emisión de palabra, libertad de imprenta, libertad de reunión y libertad de petición. No es que se ordene a nadie suministrarnos los medios para que las podamos ejercer. La enmienda únicamente las hace accesibles a la gente para que las practique sin interferencia alguna.

Estos derechos fundamentales que Patric Henry, George Mason y otros insistieron en que debieran ser agregados a la constitución, son negativos en el sentido de que se señalan ciertas oportunidades que el gobierno no puede negar o interferir y las cuales deben quedar siempre a disposición del pueblo.

Todos los verdaderos derechos son de esta naturaleza. Son libertad de interferencia. Enumeran las cosas que a la gente no se le debe impedir hacer, si desea hacerlas.

El jurista Thomas McIntire Cooley veía como un derecho "aquello que la ley le garantiza al poseedor a través de exigir a los demás que lo respeten y que se abstengan de violarlo".

Como fundamento de todos los demás derechos, está el derecho a la propiedad. Este es un justo reclamo o un reclamo legítimo sobre la tierra, o sobre la riqueza creada por el hombre, o sobre su potencialidad de trabajo. ¿Por qué es que la gente debe poder contar con dicho derecho? Debe contar con él, si ha de usar y controlar esas cosas de tal manera que puedan proporcionarle una forma de vida. El derecho a la vida no sería de ningún valor para persona alguna si no se hallara acompañado del derecho a explotar el ambiente material en tal forma que le permita conservarla. Tal es el derecho de propiedad.

James Wilson, miembro del Congreso Continental y uno de los firmantes de la Declaración de Independencia, dijo:

"El derecho a la propiedad privada esta fundado en la naturaleza misma de los hombres y de las cosas. La propiedad exclusiva multiplica el producto de la tierra. ¿Quién cuidaría de crear y atender las manadas o rebaños si supiera que cualquiera que los desease se los podría arrebatar con sólo demandarlos? Lo que no es propiedad de nadie, es desperdiciado por todos. Lo que pertenece a un solo hombre en particular, es objeto de su atención y cuidado. La propiedad exclusiva evita el desorden y promueve la paz."

Nuevamente debemos recalcar que el derecho a la propiedad no significa que uno pueda quitar a otro lo que realmente le pertenece a ese otro, sin su autorización. Solamente significa que la gente tiene derecho a buscar la propiedad, o sea: a producirla, comprarla o heredarla, y que ninguno, ni sus vecinos, ni el gobierno puede prohibirle o recortarle esos derechos.

Oímos mucho del derecho al trabajo. Esto no significa que la sociedad (el gobierno) debe proporcionar trabajo a todo trabajador. Significa que cualquiera puede ofrecer sus servicios en el mercado laboral, en busca de trabajo, tratando de calificar y decidiendo por sí mismo si le conviene o no aceptar el trabajo que se le ofrezca.

Este derecho se basa también en el derecho de propiedad. El potencial de trabajo del que uno dispone es su propiedad personal y él es libre de usarlo, venderlo, mejorarlo, o aun desperdiciarlo. Si se le prohibe hacerlo, ya sea por orden gubernamental o a través de una ley de salario mínimo, o por un sindicato que se aprovecha de los privilegios especiales que le concede la Ley de Trabajo, pierde el individuo uno de los derechos mas fundamentales del hombre.

El gobierno municipal de la ciudad de Detroit ha expedido una ley por virtud de la cual todos los policías empleados por la ciudad deben residir dentro del perímetro de la misma. Algunos policías han protestado dicha regulación, aduciendo que a ellos los ampara el derecho a vivir donde quieran.

En realidad es así. Pero la ciudad también tiene derecho a escoger sus empleados. Como empleador tiene derecho de propiedad sobre el dinero que paga a sus empleados en calidad de salarios. Puede especificar cualesquiera cualidades en las personas a quienes les pague esos salarios. El aspirante que no está de acuerdo con esos requisitos es libre de solicitar empleo en otra parte. Forzar a un empleador a emplear a algún trabajador determinado, equivale a restringir el derecho de propiedad del empleador. Yo tengo derecho a vivir donde me parezca bien, siempre que pueda hacerlo sin afectar los derechos de otros. Pero nadie está obligado a emplearme, si para ello no le conviene que yo viva allí.

Una coalición de estudiantes independientes de los colegios y universidades de los Estados Unidos de Norteamérica, ha sido integrada para solicitar una ayuda mayor por parte del Gobierno Federal a favor de los estudiantes. "Opinamos—dice Roberto Kaplan, el presidente de dicha asociación—que a ningún estudiante se le debe denegar el poder concurrir al colegio o universidad que él escoja, solamente por razones económicas". Según esto, cualquier estudiante tendría derecho a inscribirse en la Universidad de Harvard, correspondiendo al gobierno el pago de su educación.

Aquí nuevamente nos encontramos con la pretensión de que un derecho no solamente es la libertad de hacer una cosa, sino también el poder de coaccionar a los otros para que contribuyan a su ejecución. Si esto fuera cierto, el derecho no sería ya una libertad, sino un poder. La coalición a que hemos hecho referencia, no sólo desea la libertad del estudiante para solicitar ingreso a la universidad de su preferencia, de la cual ya goza, sino que pretende, además, esgrimir el poder de obligar a otros a costear los gastos del estudiante durante su estancia en la universidad.

Los finqueros a veces reclaman el derecho a recibir precios que no solamente cubran el costo de producción, sino que también les rindan una ganancia. Nadie tiene derecho a que se le garantice la seguridad de obtener un beneficio. A lo que tiene derecho es a la libertad de vender sus productos por lo que el mercado le dé, a buscar un mercado mejor o dejar de producir una clase de cosecha que no le conviene, y producir otra que le rinda más.

El empleo, la educación, la salud y la seguridad son, según se nos dice, el derecho de todo ciudadano norteamericano. Los que reclaman ese presunto "derecho", lo consideran un argumento incontrovertible, y el argumento clave que ha de orientar al legislador, indicando a éste cómo debe votar.

Ridículo hubiera sido por parte de los Peregrinos, si al hollar por vez primera la tierra de Cape Cod, hubieran afirmado tener derecho a pretensiones de dicha naturaleza, por halagadoras que fueran. Los derechos de ellos eran exactamente los mismos que los nuestros ahora. Los derechos de ellos eran los de buscar y tratar de establecer (en caso que ello les fuera posible), estas formas satisfactorias de vida. Y ésos, exactamente, son también nuestros derechos. Nada más, y nada menos.

(Originalmente publicado en Ideas sobre la Libertad, Nº 35, Año XIX, Diciembre de 1977, Centro de Estudios sobre la Libertad, pág. 51/54.)

Bibliografía

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